PAREJA DE HECHO EN LA COMUNIDAD VALENCIANA

Cada vez más parejas deciden formalizar su relación sin necesidad de casarse. Quieren tener derechos, seguridad y un reconocimiento legal de su unión. Una de las vías más rápidas, seguras y eficientes para hacerlo es constituyendo una pareja de hecho ante notario.

Si estáis considerando dar este paso, esta guía resolverá todas vuestras dudas sobre el proceso.


¿Por Qué Elegir un Notario para Formalizar la Pareja de Hecho?

Aunque tradicionalmente las parejas de hecho se inscribían en registros autonómicos o municipales, la opción de hacerlo mediante una escritura pública notarial ha ganado un enorme terreno por tres ventajas clave:

  1. Agilidad y Rapidez: El proceso en la notaría es extraordinariamente rápido. A diferencia de los registros públicos, que pueden tener listas de espera, aquí solo necesitáis reunir la documentación y pedir una cita. A menudo, podéis tener la escritura firmada en cuestión de días.
  2. Asesoramiento Personalizado y Gratuito: El notario tiene la obligación de asesoraros de forma imparcial. Os explicará en detalle qué implica ser pareja de hecho, qué derechos y obligaciones asumís y, lo más importante, os ayudará a redactar pactos personalizados que se ajusten a vuestra situación concreta.
  3. Seguridad Jurídica y Contenido a Medida: La escritura pública notarial no es un simple formulario. Es un documento legal robusto que os permite ir más allá de la mera constatación de la convivencia y regular aspectos económicos de vuestra vida en común.

El Proceso Paso a Paso: De la Decisión a la Firma

Formalizar vuestra unión ante notario es un proceso claro y sencillo. Estos son los pasos que debéis seguir:

Paso 1: Contactar con la Notaría y Reunir la Documentación

Lo primero es llamar a la notaría que elijáis. Ellos os informarán de la documentación exacta que necesitáis, ya que puede variar ligeramente según la Comunidad Autónoma. Generalmente, os pedirán:

  • Documentos de Identidad (DNI/NIE) en vigor de ambos miembros de la pareja.
  • Certificado de empadronamiento que acredite que convivís en el mismo domicilio (algunas legislaciones autonómicas exigen un tiempo mínimo de convivencia).
  • Certificado de estado civil o una declaración jurada de que no estáis casados con otras personas.
  • Libro de familia si tenéis hijos en común.

Importante: La regulación de las parejas de hecho es competencia de las Comunidades Autónomas. El notario verificará que cumplís los requisitos específicos de vuestra región (por ejemplo, en Cataluña, la pareja de hecho otorga derechos sucesorios similares al matrimonio, algo que no ocurre en otras).

Paso 2: La Cita en la Notaría – La Escritura de Pareja de Hecho

El día de la cita, ambos debéis acudir a la notaría. El acto es muy sencillo:

  1. Identificación: El notario dará fe de vuestra identidad.
  2. Declaración de Voluntad: Manifestaréis vuestra voluntad de constituir una pareja estable.
  3. Lectura de la Escritura: El notario leerá la escritura en voz alta y resolverá cualquier duda que tengáis. Este es el momento perfecto para aseguraros de que todo está como queréis.
  4. Firma: Finalmente, firmaréis el documento junto con el notario.

Desde ese mismo momento, vuestra pareja de hecho estará formalmente constituida mediante un documento público.

Paso 3 (Crucial): La Inscripción en el Registro

Aunque la escritura notarial es plenamente válida desde su firma, para que vuestra unión tenga plenos efectos frente a terceros (la Seguridad Social, Hacienda, etc.), es necesario inscribirla en el Registro de Parejas de Hecho de vuestra Comunidad Autónoma.

La gran ventaja es que, en muchos casos, la propia notaría puede encargarse de enviar telemáticamente la escritura al registro, ahorrándoos gestiones y desplazamientos.


Más Allá de la Firma: ¿Qué Pactos Podéis Incluir?

Aquí reside una de las mayores fortalezas de hacerlo ante notario. Podéis aprovechar la escritura para regular vuestro régimen económico y otros acuerdos importantes. Por ejemplo:

  • Relaciones económicas: Podéis pactar un régimen de separación de bienes (cada uno es dueño de lo suyo) o establecer cómo contribuiréis a las cargas comunes.
  • En caso de ruptura: Se pueden prever compensaciones económicas para el miembro de la pareja que pueda resultar perjudicado económicamente por la separación.
  • Uso de la vivienda familiar: Podéis decidir quién se quedaría en la vivienda común en caso de cese de la convivencia, especialmente si hay hijos menores.

Estos pactos aportan una tranquilidad y una certidumbre enormes a vuestra relación.

¿Qué Efectos Tiene Ser Pareja de Hecho?

Una vez inscrita, la pareja de hecho os da acceso a importantes derechos, entre los que destacan:

  • Permisos laborales retribuidos: Por enfermedad grave o fallecimiento de la pareja, o el permiso de 15 días tras la inscripción.
  • Asistencia sanitaria para el miembro de la pareja que no sea titular del derecho.
  • Pensión de viudedad, siempre que se cumplan los requisitos de cotización y económicos que establece la Seguridad Social.
  • Beneficios en materia fiscal (impuestos de sucesiones y donaciones) y en el acceso a viviendas públicas, dependiendo de la Comunidad Autónoma.

En definitiva, formalizar vuestra pareja de hecho ante notario es la forma más directa y segura de proteger vuestra unión y asegurar vuestro futuro con plenas garantías legales.

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